El empleador es responsable de informar a la oficina bioambiental y solicitar una evaluación de riesgos antes de operar cualquier sistema de frecuencia electromagnética (EMF) nuevo o modificado. El objetivo de la evaluación es determinar el riesgo potencial asociado a la radiación electromagnética generada por el sistema y si ésta excede los límites sanitarios o afecta a algún equipo cercano. Según lo requerido por AFI 48-146.